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¿Puede una IA ser inventora? Lecciones de los tribunales sobre la propiedad industrial en la era de la inteligencia artificial

¿Puede una IA ser inventora? Lecciones de los tribunales sobre la propiedad industrial en la era de la inteligencia artificial

Hace apenas unas semanas, la Corte de Distrito de Tel Aviv (Israel) emitió un pronunciamiento que ha vuelto a poner sobre la mesa una cuestión cada vez más relevante: ¿puede un sistema de inteligencia artificial figurar como inventor de una patente? La respuesta fue clara: NO. Israel se alinea así con una tendencia global que exige que el inventor sea una persona humana.

 

Se trata de una cuestión que se ha ido resolviendo en tribunales y oficinas de patentes de todo el mundo, con consecuencias prácticas muy relevantes para empresas tecnológicas, centros de investigación y ecosistemas de innovación.

 

Este debate tiene nombre propio: DABUS (Device for the Autonomous Bootstrapping of Unified Sentience), el sistema de IA desarrollado por Stephen Thaler, quien presentó solicitudes de patente en distintos países designando a la IA como inventora. Los resultados han sido, salvo una excepción, bastante homogéneos ya que la respuesta mayoritaria ha sido que un sistema de IA no puede figurar como inventor en una patente. Así ha ocurrido, entre otros, en Israel, Alemania, Estados Unidos, la Unión Europea (EPO) y Canadá.

 

Sudáfrica fue la única jurisdicción donde, en 2021, se concedió una patente con una IA como inventora. No obstante, esta decisión se explicó en gran medida por las reglas procedimentales del sistema sudafricano, que no incluyeron un examen sustantivo de la cuestión, es decir, no se analizó de fondo si una IA podía ser legalmente considerada inventora.

 

Un caso especialmente interesante es el australiano ya que en primera instancia, el juez Jonathan Beach falló a favor de Thaler y aceptó que una IA pudiera ser inventora, argumentando que la ley australiana no define expresamente el término “inventor”. En particular, el juez Beach invocó, entre otros, los siguientes argumentos:

 

El término inventor no está definido en la ley australiana y debe interpretarse en sentido amplio por lo que podría incluir a cualquier agente que realice el acto de inventar, humano o no humano.

 

Ser inventor no equivale a ser titular de la patente: una IA podría inventar, aunque la patente solo pueda concederse a una persona humana o jurídica.

 

La ley permite derivar la titularidad de una invención incluso cuando el inventor no puede ceder derechos formalmente, por ejemplo, a través del control o la propiedad del sistema de IA.

 

Una interpretación flexible del concepto de inventor favorece la innovación tecnológica, en línea con el objetivo del sistema de patentes.

 

Sin embargo, esta decisión fue posteriormente revocada en apelación, y Australia terminó alineándose con la posición mayoritaria internacional.

 

Así las cosas, la tendencia dominante en los tribunales y oficinas de patentes de todo el mundo es clara:

 

Las invenciones asistidas por inteligencia artificial pueden ser patentables, siempre que exista un inventor humano y se describa un efecto técnico, pero la IA no es reconocida como inventora sino como una herramienta utilizada en el proceso inventivo, ya que la titularidad de la patente exige una persona con capacidad para tener derechos y obligaciones.

 

Esto no significa que la IA sea irrelevante para la propiedad industrial. Al contrario, su impacto está obligando a los sistemas de patentes a replantearse cuestiones fundamentales como: (i) quién inventa; (ii) cómo se evalúa la contribución inventiva; (iii) y cuál es el efecto técnico real de una solución asistida por IA.

 

El debate sigue abierto ¿necesitará el derecho de patentes redefinir el concepto de “inventor” para adaptarse a una innovación cada vez menos humana? Por ahora, la respuesta de los tribunales en las principales jurisdicciones es clara: la IA es una herramienta extraordinariamente potente en el proceso inventivo, pero el derecho de patentes aún exige un sujeto humano detrás de la invención.



Fuente:
worldcomplianceassociation.com

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