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La responsabilidad del administrador frente al Compliance: un riesgo que ya no se puede ignorar

La responsabilidad del administrador frente al Compliance: un riesgo que ya no se puede ignorar

El consejo de administración de una sociedad ya no puede limitarse a aprobar cuentas ni a tomar y supervisar decisiones estratégicas. La realidad normativa y empresarial actual ha colocado en el centro de sus responsabilidades una cuestión ineludible: el cumplimiento normativo o Compliance.

 

En España, tanto el Código Penal como la normativa mercantil imponen al administrador y al consejo un deber de vigilancia activa sobre la legalidad de las operaciones de la empresa. Ya no se admite el “yo no sabía” ni el “eso lo gestiona el departamento de cumplimiento”. Hoy, un error, una omisión de control o una política ineficaz pueden derivar en sanciones millonarias para la sociedad… y en responsabilidad personal para sus consejeros.

 

La tendencia es clara: los órganos de gobierno tienen que garantizar la existencia de modelos de prevención penal, protocolos de control interno, políticas de conflicto de intereses y canales de denuncia que funcionen de manera real y efectiva. No basta con que el Compliance esté documentado: debe estar vivo, implantado y revisado de forma periódica.

 

La jurisprudencia es cada vez más exigente en este punto, y ya no se trata solo de evitar sanciones, sino de proteger la reputación de la compañía y de quienes la dirigen.

 

Los riesgos son múltiples. Desde posibles delitos económicos, medioambientales o de corrupción, hasta incumplimientos en materia de protección de datos, igualdad o prevención de blanqueo. La exposición del administrador es directa: si el sistema de cumplimiento es inexistente o ineficaz, se le puede reprochar haber incumplido su deber de diligencia y lealtad.

 

Por eso, hoy más que nunca, el consejo debe situar el Compliance en el centro de su agenda. Aprobando protocolos ajustados a los estándares internacionales, recibiendo informes periódicos de cumplimiento, y asegurando que cada decisión estratégica tenga en cuenta el riesgo regulatorio. La responsabilidad ya no se delega: se asume y se supervisa.



Fuente:
worldcomplianceassociation.com

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